Discapacidades de Aprendizaje y Asistencia de Aprendizaje
Políticas y Procedimientos para Discapacidades de Aprendizaje y Asistencia de Aprendizaje (siglas en inglés ADA)
La Universidad St. Augustine sigue las provisiones de la Ley para Americanos con Discapacidades, tal como fue enmendada en el 2008, y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 que prohíben la discriminación basada en la discapacidad de un individuo y ofrece a las personas discapacitadas la oportunidad de participar plenamente en todos los programas y actividades educacionales. La Oficina de Consejería Académica de la Universidad St. Augustine coordina y asegura los servicios y acomodaciones para los estudiantes matriculados con discapacidades. Estos servicios proveen igual oportunidad de educación a los estudiantes al minimizar el impacto de limitaciones funcionales en sus vidas académicas y ofrece a las personas discapacitadas la oportunidad de participar plenamente en todos los programas y actividades educacionales. Cualquier estudiante con una discapacidad apropiadamente documentada es elegible para los servicios. La Oficina de Consejería Académica servirá a los estudiantes con una discapacidad permanente, temporal o episódica incluyendo discapacidades psicológicas, médicas, físicas, visuales, de escucha y aprendizaje, incluyendo ADHD/ADD. Los estudiantes que busquen servicios de ADA y la Sección 504 deben comunicarse con la Oficina de Consejería Académica tan pronto como sea posible, inclusive durante el proceso de admisión y matrícula. Con las acomodaciones provistas se espera que los estudiantes demuestren la maestría de aprendizaje requerida para recibir un grado en y créditos por el(los) curso(s) en el(los) cual(es) el estudiante se ha matriculado.St. Augustine College’s Office of Academic Advising coordinates and ensures services and accommodations for registered students with disabilities as mandated by the Americans with Disabilities Act (ADA) of 1990 and Section 504 of the Rehabilitation Act of 1973, as amended in 2008. These services provide equal educational opportunities to students by minimizing the impact of functional limitations upon their academic lives and offers disabled persons the opportunity to participate fully in all educational programs and activities. The Dean of Academic & Student Affairs serves as the College ADA compliance officer. The Dean assumes responsibility for seeing that the College is properly interpreting federal regulations that require the College take such steps as are necessary to ensure that reasonable accommodations are made for all students with documented learning disabilities. The Dean is responsible for coordinating the College’s compliance with these regulations with the Office of Academic Advising. The College adheres to all confidentiality and privacy concerns as outlined in these regulations.
¿Quién es elegible para los servicios? Cualquier estudiante con una discapacidad debidamente documentado es elegible para los servicios. La Oficina de Asesoría Académica servirá a los estudiantes con discapacidades permanentes, temporales o episódicos documentados. Cualquier estudiante con necesidades especiales documentadas o dificultades en el aprendizaje y / o para completar los requisitos del curso debe notificar al instructor y la Oficina de Asesoría Académica de inmediato para que los servicios sean inmediatamente disponibles. Documentación de la discapacidad del alumno y cómo afecta su participación se presentará y se mantiene de forma segura en la oficina del decano.
Procedimientos para la Solicitud de Servicios: El siguiente procedimiento aplicará para considerar peticiones de asistencia auxiliar, académica u otra acomodación razonable. Los estudiantes deben completar los siguientes pasos enumerados a continuación con suficiente anticipo de la necesidad para los servicios. Tal notificación es requerida para poder darle a las diferentes áreas académicas y de servicio un período razonable de tiempo para evaluar las peticiones. 1. Los estudiantes deben estar admitidos y/o matriculados en la Universidad. 2. Los estudiantes que piden asistencia auxiliar, académica u otras acomodaciones razonables deben hacer contacto con la Oficina de Consejería Académica y completar el
“Student with Disability Registration Agreement and Release of Information Form” (Formulario de Acuerdo de Inscripción de Estudiante Discapacitado y Divulgación de Información).
Si los estudiantes proveen verificación por escrito de una discapacidad de aprendizaje documentada de un profesional apropiado esto debe ser sometido con el acuerdo. 3. El Decano realizará una determinación caso-por-caso de las necesidades educativas del estudiante para la ayuda auxiliar, académica u otra acomodación razonable que se haya pedido. Las acomodaciones razonables que se determine son necesarias serán provistas sin costo al estudiante. 4. El “Illinois Department of Rehabilitative Services (DRS)” (Departamento de Illinois de Servicios de Rehabilitación—siglas en inglés DRS) tiene la responsabilidad de proveer numerosos servicios a individuos con disabilidades elegibles. La Universidad anima encarecidamente a los estudiantes a aplicar al DRS por cualquier beneficio para el cual puedan ser elegibles.
Las Oficinas DRS más cercanas son:
Main Campus
Hiawatha DRS Office Rehabilitation Services 6200 N Hiawatha Ave Chicago, IL 60646 Phone: (773) 794-4800 TTY: (888) 440-8997 Fax: (773) 794-4833
Sur
Illinois Institute of Technology DRS Office Rehabilitation Services 10 W 35th St Chicago, IL 60616-3717 Phone: (312) 328-2900 TTY: (888) 261-7925 Fax: (312) 328-2940
West Location
Milwaukee Avenue DRS Office Rehabilitation Services 1279 N Milwaukee Ave, 3rd floor Chicago, IL 60622 Phone: (773) 292-4400 TTY: (888) 261-2824 Fax: (773) 292-4432